Aranceles de Tramites e información de interés
Recordamos que es obligación del matriculado / registrado mantener sus datos actualizados en su legajo e informar al Colegio.
El Consejo Directivo mantiene, los valores de los trámites comunes a todos los profesionales, que rige desde 01/12/2022, cualquier modificación se informara a la brevedad:
TASAS ADMINISTRATIVAS:
A) Certificado de Matriculado Habilitado:
• 1 º Petición. . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . Sin Cargo.
• c/copia adicional (en el mismo acto). . . . . . . $ 2500,00.-
• Copias adicionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 3500,00.-
B) Visado Legajos Técnicos:
• Primera instancia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 8200,00.-
• Segunda instancia (revisado).. . . . . . . . . . . . . . $ 9500,00.-
C) Rehabilitación de matrícula:
- Profesionales que tienen mas de dos años de deuda . . $ 63.000,00.-
- Profesionales que tienen hasta dos años de deuda . . . $ 50.500,00.-
- Profesionales que tienen hasta un año de deuda . . . . $ 37.900,00.
Obs: asimismo deberán abonar el importe del derecho de matrícula anual 2024
sin bonificación y con el monto que correspondiere según la fecha de regularización.
Los montos se actualizarán trimestralmente de acuerdo al IPC-INDEC, según lo aprobado por los matriculados en Asamblea Ordinaria, de fecha 30 de Septiembre del año 2022.-
CONDICIONES DE MATRICULACION:
- Ser mayor de edad.
- Acreditar identidad personal expedido por autoridades correspondientes.
- Poseer título habilitante, o título equivalente de similares contenidos expedido o revalidados en la República Argentina, conforme lo disponga la reglamentación.
- Constituir domicilio legal en la Provincia del Chaco, excepto por solicitud de convenio reciprocidad con algún otro colegio y/o consejo profesional.
- Prestar Juramento de ejercer la profesión con decoro, dignidad y probidad.
- Abonar las sumas, en concepto de derecho de ejercicio, que establezca el Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia del Chaco.
- Presentar certificado de buena conducta.
- No estar comprendido en las inhabilidades de artículo 6° de la ley N° 2956-C de creación del Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia del Chaco.
IMPORTANTE
DUDAS, CONSULTAS Y SUGERENCIAS A:
col.prof.hig.seg.trab.chaco@gmail.com

3624-800935 – Lic. Daniel Molina
3624-860724 – Téc. Silvia Silva